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21 de noviembre del 2016

PRODUCE aprueba la simplificación administrativa de los procedimientos administrativos de su TUPA e incorpora procedimientos a la Ventanilla Única del Sector Producción

Mediante las Resoluciones Ministeriales No. 425-2016-PRODUCE, 426-2016-PRODUCE y 430-2016-PRODUCE, publicadas el 1 de noviembre de 2016, el Ministerio de la Producción (en adelante, el “PRODUCE”) ha aprobado la simplificación administrativa de los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de dicho Ministerio (en adelante, el “TUPA de PRODUCE”), y ha procedido a incorporar a la Ventanilla Única del Sector Producción una lista de procedimientos administrativos del TUPA.

Para dichos efectos, PRODUCE ha aprobado -entre otros- la simplificación administrativa de los siguientes procedimientos: (i) Certificación de Estudios Ambientales con innovación tecnológica de plantas de harina y aceite de pescado por traslado físico o reubicación, y de plantas de macroalgas marinas para consumo humano indirecto y concentrados proteicos; (ii) Constancia de verificación de implementación de estudios o instrumentos ambientales; y, (iii) Aprobación del plan de cierre o abandono total o parcial de plantas de harina y aceite de pescado, de harina residual, de reaprovechamiento, de macroalgas marinas para consumo humano indirecto y de concentrados proteicos.

Conjuntamente con ello, PRODUCE ha considero conveniente incorporar una lista de procedimientos contenidos en el TUPA de PRODUCE a la Ventanilla Única del Sector Producción -VUSP. Entre dichos procedimientos, podemos destacar los siguientes procedimientos: (i) clasificación o reclasificación de proyectos de inversión de la industria manufacturera o de comercio interno; (ii) certificación ambiental de estudios de impacto ambiental semidetallado (“EIA-SD”) o de estudios de impacto ambiental detallado (“EIA-D”) para la industria manufacturera o de comercio interno; (iii) evaluación de la declaración de adecuación ambiental (“DAA”) o del programa de adecuación y manejo ambiental (“PAMA”) para las actividades en curso de la industria manufacturera o de comercio interno; (iv) evaluación del informe técnico sustentatorio en caso de modificación de proyectos de inversión o actividades, en ejecución, de la industria manufacturera o de comercio interno; (v) modificación de instrumentos de gestión ambiental aprobados para la industria manufacturera o comercio interno; (vi) evaluación del Plan de Descontaminación de Suelos; (vi) evaluación del plan de cierre detallado para proyectos de inversión o actividades en curso de la industria manufacturera o de comercio interno; y, (vii) la presentación del Plan de Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos.