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15 de julio del 2016

OSINFOR aprueba el Reglamento del Procedimiento Administrativo Único

Mediante Resolución Presidencial No. 062-2016-OSINFOR, publicada el 4 de julio de 2016, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (en adelante, el“OSINFOR”) ha aprobado el Reglamento del Procedimiento Administrativo Único (en adelante, “Reglamento”). 

A través de este reglamento, el OSINFOR busca establecer el procedimiento administrativo que deberá seguirse para determinar si se han cometido infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre; y/o si se ha incurrido en conducta(s) que configure(n) causales de caducidad del derecho de aprovechamiento forestal. Para dichos efectos, este Reglamento será de aplicación a todos aquellos titulares de títulos habilitantes otorgados por el Estado al amparo de la Ley No. 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos, y por la anterior Ley Forestal y de Fauna Silvestre (aprobada mediante Ley No. 27308), y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo No. 014-2001-AG.

Cabe precisar que el presente Reglamento entrará en vigencia a los treinta (30) días calendario contados desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Con ello, quedará derogado el Reglamento del Procedimiento Administrativo Único, aprobado mediante Resolución Presidencial No. 007-2013-OSINFOR.