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31 de diciembre del 2016

MINEM publica proyecto de modificación al Reglamento de Cierre de Minas

Mediante Resolución Ministerial No. 561-2016-MEM/DM, publicado el 29 de diciembre, el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, el “MINEM”) ha publicado el proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación al Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado mediante Decreto Supremo No. 033-2005-EM.

Entre las modificaciones que el MINEM busca efectuar, podemos mencionar las siguientes:

  • La Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del MINEM (en adelante, la “DGAAM”) se encargará de la aprobación de los Planes de Cierre de Minas y sus respectivas modificatorias, así como de la evaluación de los aspectos económicos y financieros del Plan de Cierre de Minas.
  • Las labores de supervisión, fiscalización y sanción de dichos planes y sus respectivas modificaciones se encontrarán a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -OEFA, con excepción de la estabilidad física y demás aspectos de seguridad de la infraestructura minera aprobados en el Plan de Cierre, los cuales son competencia del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería -OSINERGMIN.
  • El cierre de áreas de explotación de canteras y componentes auxiliares de empresas bajo competencia del subsector Industria Manufacturera será evaluado por la autoridad ambiental competente de dicho sector, siéndole aplicable las disposiciones del Reglamento para el Cierre de Minas.
  • Los informes semestrales (en los cuales se da cuenta del avance en la ejecución del Plan de Cierre de Minas) serán presentados a través del Sistema de Evaluación en Línea -SEAL, a cargo de la DGAAM en los meses de julio y enero (subsiguiente al término del segundo semestre). La información allí contenida será fiscalizada por el OEFA y OSINERGMIN, manteniéndose la obligación de su presentación hasta la obtención del Certificado de Cierre Final.