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17 de mayo del 2016

ANA dispone la pre-publicación del documento denominado Lineamientos para Determinar y Establecer los Parámetros de Eficiencia para el Aprovechamiento de los Recursos Hídricos

Mediante Resolución Jefatural No. 107-2016-ANA, publicada el 5 de mayo de 2016, se dispuso la pre-publicación del documento denominado “Lineamientos para Determinar y Establecer los Parámetros de Eficiencia para el Aprovechamiento de los Recursos Hídricos” (en adelante, los “Lineamientos”) en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua (en adelante, la “ANA”) con la finalidad de que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias.

Los Lineamientos establecen el procedimiento para determinar los parámetros de eficiencia para el aprovechamiento de los recursos hídricos aplicables a los operadores de infraestructura hidráulica y usuarios de agua, los cuales son valores cuantitativos necesarios que se establecen para comprobar de forma objetiva si se está realizando un uso eficiente de los mismos. Las disposiciones contenidas en los Lineamientos son de aplicación para todos los sectores hidráulicos a nivel nacional.

En ese contexto, el procedimiento para establecer los parámetros de eficiencia consta de las siguientes etapas: (i) definición de los parámetros aplicables a los operados de infraestructura hidráulica y usuarios de agua por ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua y Autoridad Local del Agua; (ii) determinación y aprobación de la Línea Base de los parámetros de eficiencia aplicables; y, (iii) aprobación de los parámetros aplicables a los operadores de infraestructura hidráulica y usuarios de agua por ámbito de Autoridad Administrativa del Agua y Autoridad Local del Agua.

Cabe resaltar que la Primera Disposición Complementaria Transitoria de los Lineamientos establece que los parámetros de eficiencia se aplicarán de forma progresiva, iniciándose en aquellos ámbitos que cuenten con la delimitación de sectores y subsectores hidráulicos aprobados. En esa línea, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria señala que las Autoridades Administrativas del Agua competentes deberán aprobar los parámetros de eficiencia en sus respectivos ámbitos en un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles de establecida la línea base, la cual es el diagnóstico de la situación inicial de los parámetros de eficiencia vinculados a aspectos técnicos, administrativos y financieros.

Una vez aprobados los parámetros de eficiencia, los operadores de infraestructura hidráulica y usuarios de agua deberán elaborar un Programa de uso eficiente en un plazo no mayor de sesenta (60) días. Dicho programa contendrá las actividades a desarrollar en un año, con la finalidad de alcanzar los parámetros de eficiencia que le sean aplicables.