INFORMATIVO TRIBUTARIO

Actualidad

« Regresar

19 de mayo del 2020

SUSPENSIÓN DE PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS ANTE EL SECTOR PÚBLICO

Mediante el Decreto de Urgencia No. 053-2020, publicado el 5 de mayo de 2020, se prorrogó por 15 días hábiles adicionales la suspensión del cómputo de plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole, incluso aquellos regulados por leyes y disposiciones especiales que se encuentren sujetos a plazo y que se tramiten en entidades públicas, establecido inicialmente en el Decreto de Urgencia No. 029-2020. De esta manera, dicha suspensión vencerá ahora el día 27 de mayo de 2020.

Asimismo, la norma permite también que las entidades públicas, mediante resolución de su titular, pueden aprobar un listado de procedimientos cuya tramitación se excluirá de:

  • La suspensión de plazos de tramitación de procedimientos administrativos establecida en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia No. 026-2020 y sus prórrogas (procedimientos sujetos a silencio positivo o negativo), y;
  • La suspensión del cómputo de plazos de inicio y tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole establecida en el artículo 28 del Decreto de Urgencia No. 029-2020 y sus prórrogas, exceptuando los procedimientos iniciados de oficio (los demás procedimientos administrativos no comprendidos en a) anterior).