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SUNAT PRORROGA EL PLAZO PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACIÓN Y PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE ENERO DE 2021
Mediante la Resolución de Superintendencia No. 016-2021/SUNAT, publicada el 2 de febrero de 2021, la SUNAT prorrogó el plazo para la declaración y pago de las obligaciones tributarias de enero de 2021, las cuales comprenden, entre otras, las obligaciones vinculadas al IR, el IGV e ISC. Así, dichas obligaciones podrán declararse y pagarse hasta las fechas de vencimiento correspondientes al período de febrero de 2021, es decir, del 12 al 22 de marzo de 2021.
Asimismo, se dispuso la prórroga de las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónicos correspondientes al mes de enero de 2021 hasta las fechas máximas de atraso del mes de febrero de 2021, es decir, del 11 al 19 marzo de 2021.
Sin embargo, debe notarse que estas prórrogas solo resultan aplicables para los contribuyentes: (i) que en el ejercicio 2020 obtuvieron ingresos netos de tercera categoría de hasta 2300 UIT (S/9,890,000) o de otras categorías que sumadas no superen dicho importe; y (ii) cuyo domicilio fiscal al 27 de enero de 2021 se encuentre en departamentos con nivel de alerta muy alto (Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna) o extremo (Lima, Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac).