INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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16 de octubre del 2020

SUNAT PRECISA TRATAMIENTO APLICABLE A BIENES DEL ACTIVO FIJO QUE CUMPLAN LAS CONDICIONES PARA APLICAR EL RÉGIMEN ESPECIAL DE DEPRECIACIÓN PREVISTO EN EL DECRETO LEGISLATIVO No. 1488

Mediante el Informe No. 057-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 16 de octubre de 2020, SUNAT estableció diversos alcances vinculados a la aplicación del régimen especial de depreciación de activos fijos previsto en el Decreto Legislativo (“DL”) No. 1488, los cuales se señalan a continuación:

  1. Las empresas que reúnan los requisitos para acogerse a los beneficios señalados en el DL No. 1488 y a su vez hayan suscrito contratos de concesión que les permitan aplicar los beneficios señalados en el artículo 22° del TUO de la Ley de Concesiones, si dicho porcentaje aplicable al amparo de esta última norma fuese mayor al establecido por el DL No. 1488, se podrá optar por aplicar cualquiera de los porcentajes previstos por ambas normas; y, si dicho porcentaje fuese menor al dispuesto por el DL No. 1488, se deberá aplicar los porcentajes de esta última.
  1. Los contribuyentes que hayan suscrito convenios de estabilidad jurídica u otros contratos con cláusulas de estabilidad tributaria solo podrán aplicar los porcentajes de depreciación previstos en el DL No. 1488 siempre que renuncien a dichos convenios.
  1. Tratándose de los bienes de activo fijo mencionados en los artículos 5 u 8 del DL No. 1488, se podrá aplicar cualquier método de depreciación, estableciendo como límite máximo deducible, aquel que resulte de aplicar los respectivos porcentajes sobre el valor depreciable; mientras que en el caso de los bienes previstos en el artículo 7, es decir, edificios y construcciones de establecimientos de hospedaje, agencias de viaje y turismo, restaurantes y otros, corresponderá aplicar el método de línea recta.
  1. Los porcentajes de depreciación aplicables a los bienes señalados en los artículos 5, 7 y 8 del DL No. 1488 no se determinan en función de la vida útil de los correspondientes bienes.