INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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16 de abril del 2019

SUNAT PRECISA CUÁL ES EL COSTO COMPUTABLE DE ACCIONES SUSCRITAS CON PRIMA DE CAPITAL

La SUNAT ha precisado que, tratándose de acciones adquiridas por medio de aumento de capital por aportes monetarios, la prima de capital es parte del importe que pagan los suscriptores de las nuevas acciones que coloca una sociedad por lo que dicha prima constituye parte del costo de adquisición de las referidas acciones. En tal sentido, se concluye que, cuando una sociedad domiciliada en Perú emite acciones por aporte de capital por un importe equivalente al valor nominal de dichas acciones y además una prima de capital, ese monto pagado por la prima es considerado parte del costo computable de las acciones.

 

Adicionalmente, se precisa que en el caso de acciones emitidas por una sociedad no domiciliada en el Perú y suscritas por aumento de capital con aportes dinerarios, cuya enajenación conlleva la enajenación indirecta de acciones emitidas por una sociedad domiciliada en Perú, , el costo computable de dichas acciones también incluye la prima de capital pagada en la compra. Sin embargo, en dicho caso, sólo se computa como costo computable la parte proporcional al porcentaje de participación indirecta objeto de enajenación.

 

Este criterio ha sido recogido en el Informe No. 045-2019-SUNAT/7T0000, publicado el 8 d abril de 2019.