INFORMATIVO TRIBUTARIO

Proyectos de Ley

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3 de diciembre del 2020

SE PROPONE LA DEROGACIÓN DE LA LEY 27360, LEY QUE APRUEBA LAS NORMAS DE PROMOCIÓN DEL SECTOR AGRARIO Y, EL DECRETO DE URGENCIA 043-2019

Se propone derogar la Ley No. 27360 que establece las normas de Promoción del Sector Agrario. Entre las disposiciones establecidas en dicha Ley, se encuentra la aplicación de la tasa reducida de 15% por Impuesto a la Renta correspondiente a rentas de tercera categoría generadas por las empresas dedicadas a ciertas actividades agrícolas.

Este proyecto se presentó el 2 de diciembre de 2020 por parte del Grupo Parlamentario Nueva Constitución.

SE PROPONE MODIFICAR EL DECRETO LEGISLATIVO No. 1264, DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE UN RÉGIMEN TEMPORAL Y SUSTITUTORIO DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA LA DECLARACIÓN, REPATRIACIÓN E INVERSIÓN DE RENTAS NO DECLARADAS

En el año 2016 se publicó el Decreto Legislativo No. 1264, el cual estableció un régimen temporal y sustitutorio del Impuesto a la Renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas. Dicho régimen dispuso, entre otras cosas, que aquellos contribuyentes domiciliados en el país que contaban con rentas no declaradashasta el ejercicio 2015, puedan tributar por las mismas en el Perú de manera excepcional con una tasa del 10% y 7% dependiendo si se invertían o no las rentas en el país.

El régimen antes mencionad estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del año 2017.

Sin embargo, con fecha 17 de noviembre del 2020, el grupo parlamentario Alianza para el Progreso ha presentado el Proyecto de Ley No. 6645/2020-CR por medio del cual se propone modificar el Decreto Legislativo No. 1264 a fin de poder extender el régimen ahí dispuesto.

Entre las principales modificaciones que busca implementar el proyecto está la de ampliar el régimen para que sea aplicable a rentas no declaradas hasta el 31 de diciembre del 2017 y señalar que se considerará invertido el dinero declarado siempre que se mantenga en el país por un plazo no menor a 1 año (en la norma original solo se requería 3 meses). Finalmente, de ser aprobado este régimen, el mismo exigiría la presentación de una declaración jurada, la cual deberá presentarse como máximo el 27 de febrero del 2021.

En la actualidad el proyecto de Ley se encuentra en la comisión de Economía y Finanzas para su revisión.