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1 de febrero del 2022

SE PROHIBE LA DEDUCCIÓN DE PAGOS REALIZADOS QUE SE REALICEN EN EL MARCO DE ACCIONES CALIFICADAS COMO COHECHO EN SUS DISTINTAS MODALIDADES

Mediante el Decreto Legislativo 1522, publicado el 22 de enero de 2022, el Poder Ejecutivo incorporó en la Ley del Impuesto a la Renta una Quincuagésimo Cuarta Disposición Transitoria y Final, que señala expresamente que las erogaciones descritas en los tipos penales de los delitos de cohecho en sus distintas modalidades no son deducibles como costo o como gasto para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta.