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20 de julio del 2022

SE MODIFICA LA NORMATIVA SOBRE GUÍAS DE REMISIÓN Y SE DESIGNA A NUEVOS EMISORES ELECTRÓNICOS

Mediante Resolución de Superintendencia No. 123-2022/SUNAT publicada el 12 de julio de 2022, se aprueban medidas para optimizar el control y el traslado de bienes, se establecen documentos electrónicos que sustentan el traslado de bienes y designan, en forma progresiva, a los sujetos que adquieren la calidad de emisores electrónicos de guías de remisión electrónica (GRE). Con lo cual se modifican algunas de las disposiciones de la Resolución de Superintendencia No. 007-99/SUNAT.

Dentro de las principales modificaciones de la presente resolución se establece que las GRE deberán contener la fecha del inicio del traslado o entrega, se crea una regulación para los supuestos en los que exista concurrencia de la emisión electrónica de GRE, se regula la información que debe consignarse en la GRE de remitente y transportista por evento, se regula la comunicación de la no conformidad de GRE a la SUNAT.

Finalmente, se designa como nuevos emisores electrónicos de forma progresiva a los contribuyentes comprendidos en los siguientes supuestos:

  • Designación por sujetos GRE-Remitente: Los contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE, los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales son designados como emisores electrónicos desde el 1 de julio de 2023 y los contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2024 deban emitir una GRE-remitente son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE.
  • Designación por tipo de bienes transportados GRE-Remitente: Los contribuyentes que trasladen arroz, azúcar y/o alcohol etílico, cuyo traslado esté sujeto a detracción o al IVAP RUC son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE a partir del 1 de enero de 2023, los contribuyentes que trasladen bienes por importaciones realizadas son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE a partir del 1 de enero de 2023 y los contribuyentes que trasladen cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren bajo el Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados o para el traslado de cemento dentro de dichas zonas son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE a partir del 1 de enero de 2023.
  • Designación por sujetos GRE-Transportista: Los contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE, los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales son designados como emisores electrónicos desde el 1 de julio de 2023 y los contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2024 deban emitir una GRE-remitente son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE.
  • Designación por tipo de bienes transportados GRE-Transportista: Los contribuyentes que trasladen bienes por importaciones realizadas son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE a partir del 1 de enero de 2023 y los contribuyentes que trasladen cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren bajo el Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados o para el traslado de cemento dentro de dichas zonas son designados como emisores electrónicos desde el momento en que deban emitir una GRE a partir del 1 de enero de 2023.