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3 de enero del 2023

SE ESTABLECEN DISPOSICIONES SOBRE EL RÉGIMEN DEL APORTE POR REGULACIÓN EN EL SUBSECTOR MINERO, ELECTRICIDAD E HIDROCARBUROS

Mediante los Decretos Supremos Nos. 153-2022-PCM y 154-2022-PCM, publicados el 30 de diciembre de 2022, se establecen disposiciones sobre el régimen del Aporte por Regulación en el subsector minero y los subsectores electricidad e hidrocarburos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería.

Al respecto, en ambos Decretos Supremos se disponen cambios en los porcentajes aplicables a cada uno de los Aportes por Regulación. Así, se establece lo siguiente:

  • Se aplicará el porcentaje de 0.12% durante los años 2023, 2024 y 2025 a la alícuota del Aporte por Regulación en el subsector minero.
  • Se aplicará los porcentajes de 0.46%, 0.43% y 0.41% durante los años 2023, 2024 y 2025 respectivamente a la alícuota del Aporte por Regulación de los concesionarios de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.
  • Se aplicará los porcentajes de 0.34%, 0.38% y 0.38% durante los años 2023, 2024 y 2025 respectivamente a la alícuota del Aporte por Regulación a las empresas del subsector hidrocarburos que realizan actividades de importación y/o producción de combustibles, incluyendo gas licuado de petróleo y gas natural.
  • Se aplicará los porcentajes de 0.53%, 0.52% y 0.52% durante los años 2023, 2024 y 2025 respectivamente a la alícuota del Aporte por Regulación a las empresas del subsector hidrocarburos, concesionarios de actividades de transporte de hidrocarburos por ductos y distribución de gas natural por red de ductos.

Finalmente, se precisa que ambas normas entraron en vigor a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.