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3 de febrero del 2021

MODIFICAN REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA INFORMACIÓN FINANCIERA QUE LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO DEBEN SUMINISTRAR A LA SUNAT

Con fecha 26 de enero de 2021, se publicó el Decreto Supremo No. 009-2021-EF, mediante el cual se modificó el Reglamento que establece la información financiera que las empresas del sistema financiero deben suministrar a la SUNAT. Así, dentro de las principales modificaciones se encuentran las siguientes:

  • Ampliaron el tope del monto mínimo que deben superar las cuentas a informar y, actualmente, dicho monto debe superar los S/ 30,800.00 (7UIT).
  • El suministro de la información financiera se realizará de manera semestral.

Finalmente, la norma referida ha impuesto la obligación a SUNAT de tratar la información obtenida conforme a los estándares internacionales de confidencialidad y seguridad emitidos por la OCDE.