INFORMATIVO TRIBUTARIO

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1 de octubre del 2021

LOS EQUIPOS INCLUIDOS EN LA SUBCUENTA CONTABLE “336 – EQUIPOS DIVERSOS” SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN EL TÉRMINO “MAQUINARIA Y EQUIPO” DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE DEPRECIACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA VIGENTE DESDE EL 2021

Mediante el Informe No. 079-2021-SUNAT/7T0000, la SUNAT resolvió una consulta respecto a si los equipos comprendidos en la subcuenta “336 Equipos Diversos” del Plan Contable General Empresarial -tales como los equipos no utilizados directamente en el proceso productivo y los utilizados para soporte administrativo-, se encuentran comprendidos en el término “Maquinaria y Equipo” recogido en el régimen especial de depreciación establecido por el Decreto Legislativo No.1488.

 

Como se recuerda, mediante el Decreto Legislativo No. 1488, se estableció de manera temporal y excepcional un regimen especial de depreciación de activos para los contribuyentes del Régimen General del Impuesto a la Renta, el cual entró en vigencia el 1 de enero de 2021. Así, dicho decreto incrementó los porcentajes anuales de depreciación para bienes adquiridos en los ejercicios 2020 y 2021, siempre que estén vinculados a la producción de rentas gravadas. Concretamente, el artículo 5 del Decreto Legislativo No. 1488 incrementó, entre otros conceptos, el porcentaje de depreciación para los bienes comprendidos dentro de la categoría «Maquinaria y Equipo», los cuales pueden depreciarse -conforme a este decreto- hasta un 20% anual.

 

Al respecto, la SUNAT señala que el Decreto Legislativo No. 1488 no ha restringido expresamente el alcance del término “Maquinaria y Equipo” en función a si los bienes comprendidos en dicho concepto son usados o no en el proceso productivo o si son usados para labores administrativas. Por ello, la SUNAT concluye que los equipos comprendidos en la subcuenta “336 Equipos Diversos” -tales como los equipos no utilizados directamente en el proceso productivo y los utilizados para soporte administrativo- se encuentran comprendidos en el término “Maquinaria y Equipo” del Decreto Legislativo No. 1488, por lo que se encuentran sujetos al régimen especial de depreciación contemplado en éste último.