INFORMATIVO TRIBUTARIO

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7 de diciembre del 2021

LA SUNAT SEÑALA QUE LA VENTA DE CLAVES DE ACCESO A UNA BASE DE DATOS POR PARTE DE UNA PERSONA JURÍDICA CONSTITUYE UNA OPERACIÓN GRAVADA CON EL IGV

Mediante el Informe No. 101-2021-SUNAT/7T0000, publicado el 18 de noviembre de 2021, la SUNAT señaló que la venta de claves de acceso a una base de datos de una persona jurídica no domiciliada por parte de una empresa domiciliada constituye una operación gravada con el IGV. A tal efecto, la SUNAT planteó el supuesto de una empresa domiciliada en el Perú que suscribe un contrato con una persona jurídica no domiciliada mediante el cual esta última autoriza a la primera de estas a comercializar en el país claves para el acceso a una base de datos. Así, según la SUNAT, dichas claves de acceso constituyen un bien mueble, por lo que su transferencia se encuentra gravada con el IGV según la legislación vigente.