INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

« Regresar

7 de abril del 2022

La SUNAT realiza aclaraciones sobre la aplicación del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) respecto de operaciones de emisión de dinero electrónico

Mediante el informe No. 000012-2022-SUNAT/7T0000, publicado el 10 de marzo de 2022, la SUNAT señala en qué casos será aplicable el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) cuando se realizan operaciones con dinero electrónico conforme a la Ley No. 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera. Así, la SUNAT señaló que, en el caso de operaciones con dinero electrónico, se deberá determinar en cada caso en concreto y dependiendo de la operación de que se trate, si esta se encuentra dentro del ámbito de aplicación del ITF, y de ser así, estará gravada con dicho impuesto. Por su parte, señala que el pago de cuotas a Empresas del Sistema Financiero utilizando dinero electrónico, se encuentra gravado con el ITF. Asimismo, se señala que la entrega de fondos con cargo a colocaciones otorgadas por una Empresa del Sistema Financiero, sin utilizar las cuentas a que se refiere el inciso a) del artículo 9 de la Ley del ITF, para su conversión en dinero electrónico, estará gravada con el ITF. Finalmente, la SUNAT precisa que la acreditación (depósito) o débito (retiro) en cuentas de dinero electrónico, no están gravadas con el ITF.