INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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7 de diciembre del 2021

LA SUNAT PUEDE REQUERIR INFORMACIÓN DESPUÉS DE TRANSCURRIDO MÁS DE UN AÑO RESPECTO DE LOS CONCEPTOS CONSIGNADOS EN EL FORMULARIO 1667 A SUJETOS EXCLUIDOS DEL RÉGIMEN DE REPATRIACIÓN

Mediante el Informe No. 086-2021-SUNAT/7T0000, publicado el 18 de noviembre de 2021, la SUNAT ha emitido un nuevo criterio en relación Régimen Temporal y Sustitutorio del Impuesto a la Renta. Como se recuerda, mediante Decreto Legislativo No.1264, se estableció un régimen temporal y sustitutorio del Impuesto a la Renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas, al que diversos contribuyentes se acogieron mediante la presentación del Formulario Virtual No. 1667 – Declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas. Sin embargo, se estableció una serie de supuestos que conllevarían la exclusión del régimen. Así, se dispuso que la SUNAT podría requerir la información relacionada a los requisitos de acogimiento al Régimen dentro del plazo de un año, contado a partir del 1 de enero de 2018.

Al respecto, la SUNAT ha señalado que puede solicitar la información que estime necesaria respecto de los conceptos consignados en el Formulario Virtual No. 1667 que hubieran presentado los sujetos excluidos del Régimen a fin de determinar las obligaciones tributarias que correspondan, no siendo aplicable el plazo de un año establecido por el Decreto Legislativo 1264.