INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

« Regresar

18 de septiembre del 2020

LA SUNAT OPINA SOBRE LA FACULTAD DE LA ADMINISTRACIÓN PARA EMITIR PRONUNCIAMIENTO RESPECTO DE LA VERACIDAD Y EXACTITUD DE LOS DATOS CONTENIDOS EN LAS DECLARACIONES JURADAS RECTIFICATORIAS

Mediante el Informe No. 071-2020/7T0000, publicado el 9 de septiembre de 2020, la SUNAT determina que la facultad de la Administración Tributaria para emitir pronunciamiento sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en las declaraciones rectificatorias que determinan menor obligación tributaria tiene distinta naturaleza y alcance respeto de la facultad de determinación ejercida a través de un procedimiento de fiscalización y/o verificación. Por otro lado, se concluye que el ejercicio de la facultad para pronunciarse sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en una declaración rectificatoria que determina menor obligación se rige por el Código Tributario y las demás normas tributarias, sin embargo, se aplicarán de manera supletoria los principios establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General.