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31 de diciembre del 2019

FIJAN LOS PORCENTAJES DEL APORTE POR REGULACIÓN DEL OEFA A CARGO DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR ENERGÍA PARA LOS AÑOS 2020, 2021 Y 2022

Mediante el Decreto Supremo No. 202-2019-PCM, publicado el 31 de diciembre de 2019, se han establecido los nuevos porcentajes del aporte por regulación del OEFA, a cargo de las empresas y entidades del sector electricidad e hidrocarburos para los períodos 2020, 2021 y 2022.

De un lado, el aporte por regulación, para los concesionarios de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de las entidades que desarrollan exclusivamente las actividades de generación mediante autorización, será calculado sobre el valor de facturación mensual, deducido el IGV y el IPM, aplicando el porcentaje de 0.11% para los años 2020, 2021 y 2022.

De otro lado, el aporte por regulación de las empresas y entidades del subsector hidrocarburos que realizan actividades de importación y/o producción de combustibles -incluyendo gases licuados de petróleo y gas natural- será calculado sobre el valor de facturación mensual, deducido el IGV y el IPM, aplicando el porcentaje de 0.09% para los años 2020, 2021 y 2022.

Finalmente, el aporte por regulación de las empresas y entidades del subsector hidrocarburos, concesionarios de actividades de transporte de hidrocarburos por ductos y distribución de gas natural por red de ductos será calculado sobre el valor de facturación mensual, deducido el IGV y el IPM, aplicando los siguientes porcentajes para los años 2020, 2021 y 2022:

Porcentajes

2020

2021

2022

0.11%

0.11%

0.10%

El Decreto Supremo se encontrará vigente desde el 1 de enero de 2020.