INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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2 de agosto del 2018

EL TRIBUNAL FISCAL SEÑALA QUE LA AMPLIACIÓN DE UNA FISCALIZACIÓN PARCIAL A UNA FISCALIZACIÓN DEFINITIVA DEBE REALIZARSE DENTRO DEL PLAZO DE LA FISCALIZACIÓN PARCIAL

Con fecha 22 de julio de 2018, se publicó la Resolución del Tribunal Fiscal No. 02162-Q-2018, mediante la cual, el Tribunal Fiscal estableció que la ampliación de un procedimiento de fiscalización parcial a un procedimiento de fiscalización definitiva debe efectuarse antes de cumplirse los 6 meses del plazo de la fiscalización parcial. Debe notarse que dicho criterio constituye precedente de observancia obligatoria.