INFORMATIVO TRIBUTARIO

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18 de mayo del 2021

EL TRIBUNAL FISCAL PERMITE LA COMPENSACIÓN DEL SALDO NO UTILIZADO DEL ITAN CON OTRAS DEUDAS TRIBUTARIAS DISTINTAS AL IMPUESTO A LA RENTA

Mediante la Resolución de Observancia Obligatoria del Tribunal Fiscal No. 03885-8-2021, se dispuso que si bien la norma del Impuesto Temporal a los Activos Netos no permite la compensación automática del saldo no utilizado contra otras deudas tributarias distintas a los pagos a cuenta y al pago de regularización del Impuesto a la Renta, ello no significa una prohibición a la Administración de efectuar la compensación a pedido de parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del Código Tributario.