INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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12 de agosto del 2021

EL TRIBUNAL FISCAL ESTABLECE CRITERIO VINCULADO AL INFORME DE DETERMINACIÓN DE VALOR EN EL CASO DE UNA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA

Mediante la Resolución No. 06569-A-2021, publicada el 4 de agosto de 2021, la cual constituye precedente de observancia obligatoria, el Tribunal Fiscal se ha pronunciado sobre la naturaleza del Informe de Determinación de Valor emitido en respuesta a una solicitud de devolución en el marco de un procedimiento de duda razonable.

Así, el Tribunal Fiscal ha establecido que, en los procedimientos relacionados con una solicitud de devolución, cuando para ello se ha emitido un Informe de Determinación de Valor, éste no constituye un acto reclamable por sí solo, sino que sirve de sustento para la resolución que resuelve la solicitud de devolución o de la resolución de determinación y/o de la liquidación de cobranza, según sea el caso.