INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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2 de abril del 2019

EL PODER JUDICIAL ESTABLECE CRITERIO EN RELACIÓN AL PRINCIPIO DE GENERALIDAD

La Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros de la Corte Superior de Justicia de Lima ha emitido sentencia en relación al Expediente No. 6029-2014, señalando que se cumple el criterio de generalidad cuando una bonificación por productividad es establecida para todos los trabajadores en los diferentes niveles de la compañía, sin perjuicio de que solo algunos miembros del personal logren cumplir con los objetivos y metas trazadas por ella.

En ese sentido, se ha dispuesto que se cumple con el criterio de generalidad si el beneficio es otorgado a los trabajadores de los diferentes niveles de la empresa (Gerente General, Ejecutivos I y II, Profesionales y Técnicos o Auxiliares) y, como consecuencia de un sistema y metodología de evaluación, este beneficia solo a algunos de los trabajadores, al haber estos cumplido las metas y objetivos dispuestos por la empresa.