INFORMATIVO TRIBUTARIO

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3 de mayo del 2018

EL PODER EJECUTIVO SOLICITA AL CONGRESO FACULTADES LEGISLATIVAS EN MATERIA TRIBUTARIA

El Poder Ejecutivo ha solicitado al Congreso la aprobación de facultades legislativas en diversas materias, incluida la tributaria, por un plazo de 60 días. A continuación, enumeramos brevemente las principales modificaciones en materia tributaria cuya autorización se requiere:

IR de personas naturales
  • Regular el tipo de cambio aplicable a las personas naturales.
  • Cambio en las escalas del IR de personas naturales y modificación en las deducciones de gastos aplicables a las rentas del trabajo.
  • La creación de un producto previsional inafecto del aporte a ESSALUD para las personas naturales que retiraron el 95.5% de los fondos de su cuenta de capitalización individual al amparo de la Ley No. 30345 cuyas rentas se encontrarán inafectas del IR.
IR de empresas
  • Incorporar el crédito indirecto por IR pagado en el extranjero por una persona jurídica en la cual se haya invertido.Establecer tasas especiales del IR para transacciones entre partes vinculadas.
  • Modificar el tratamiento aplicable a commodities e instrumentos financieros derivados.
  • Incorporar una definición de devengo para efectos del reconocimiento del ingreso y del gasto.
  • Limitar la deducción de intereses, indemnizaciones, vehículos, depreciación y amortización, entre otras.
  • Perfeccionar los regímenes tributarios simplificados para MYPES.
  • Inafectar las rentas generadas por las operaciones de financiamiento que realizan los concesionarios en los contratos de Asociación Público Privadas.
  • Perfeccionar el tratamiento tributario aplicable a FIBRA y FIRBI.
  • Perfeccionar el tratamiento tributario aplicable a la transferencia de facturas negociables.
  • Perfeccionar las reglas relativas a los contratos de estabilidad tributaria previstos en la Ley General de Minería.
IR de no domiciliados
  • Regular el tipo de cambio aplicable a los no domiciliados.
  • Eliminar la obligación de pagar el monto equivalente a la retención en pagos a no domiciliados y condicionar su deducibilidad.
  • Ampliar los criterios para calificar un contribuyente como domiciliado en Perú.
  • Modificar los criterios de fuente peruana en relación a actividades desarrolladas parte en el país y parte en el exterior, incluyendo renta neta presunta.
  • Perfeccionar el tratamiento aplicable a las ganancias de capital por ventas indirectas de acciones de sociedades o empresas peruanas.
IGV
  • Perfeccionar el ámbito de aplicación del IGV
  • Perfeccionar y simplificar los regímenes especiales de devolución del IGV: Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV, Régimen de Reintegro y Régimen Especial de Recuperación Anticipada para las MYPE.
  • Ampliar el ámbito de aplicación del ISC a bienes y servicios que generen externalidades negativas.
Otros
  • Introducir modificaciones que perfeccionen el régimen de detracciones.
  • Ampliar el uso de los comprobantes de pago electrónicos.
  • Crear nuevas infracciones vinculadas con la emisión de documentos electrónicos.
  • Modificar los procedimientos contenciosos y de cobranza del Código Tributario.
  • Racionalizar los beneficios tributarios existentes.
  • Perfeccionar la Ley Penal Tributaria y la ley de Delitos Aduaneros a fin de optimizar los procesos judiciales.
  • Adecuar la legislación a los estándares y recomendaciones de la OCDE y las mejores prácticas internaciones para combatir la evasión y elusión tributaria, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; evitar la doble imposición internacional; y, el tratamiento del secreto bancario, respectando los derechos y principios previstos en la Constitución Política. Lo que implica, entre otros, regular el concepto de «beneficiario final» de las personas jurídicas y entes jurídicos tanto para fines de asistencia administrativa mutua en materia tributaria, como para la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Las facultades legislativas han sido solicitadas el 2 de mayo de 2018, mediante el Proyecto de Ley No. 2791/2017-PE. Este proyecto se encuentra pendiente de debate y aprobación por el Congreso.