INFORMATIVO TRIBUTARIO

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17 de enero del 2023

EL CONGRESO HA IMPLEMENTADO MEDIDAS PARA REDUCIR LA BASE IMPONIBLE QUE GRAVA LA IMPORTACIÓN DE ABONOS NITROGENADOS, ACEITES Y TRIGO.

Por medio de la Ley No. 31668, publicada el 6 de enero de 2023, el Congreso ha implementado medidas temporales a fin de reducir los tributos que gravan la importación definitiva de insumos clasificados en las subpartidas arancelarias de abonos nitrogenados, aceites y trigo.

En efecto, por medio de dicha ley, se ha dispuesto excluir temporalmente un porcentaje de los gastos de transporte y de los gastos vinculados a dicho transporte desde el lugar de entrega de las mercancías en el exterior, hasta el lugar de importación. Dicha suma se excluirá de la base imponible para la determinación del valor en aduana en el procedimiento de importación definitiva respecto de ciertos insumos clasificados en las subpartidas arancelarias de abonos nitrogenados (3102101000, 3102210000, 3102300010), aceite crudo de soya (1507100000, 2304000000) y trigo (1108110000, 1102900000, 1109000000, 1103110000, 1101000000, 1103210000, 2302300000, 1001910010, 1904300000, 1001109000, 1001101000).

Finalmente, cabe señalar que, mediante la referida ley, se ha dispuesto que el Poder Ejecutivo publique, dentro de un plazo de 10 días hábiles un decreto supremo que establezca los porcentajes de reducción de los gastos de transporte y conexos de los bienes listados en dicha Ley.

La Ley No. 31668 contará con una vigencia inicial de seis meses, contados desde la entrada en vigencia del decreto supremo antes comentado y podrá ser prorrogada en caso se mantengan las condiciones que le dieron origen.