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8 de noviembre del 2022

APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

El 16 de octubre de 2022 se publicó la Resolución de Superintendencia No. 000211-2022/SUNAT, mediante la cual se aprobó el porcentaje requerido para determinar el límite máximo por mes de la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo (“ISC”) que forma parte del precio de venta de combustible adquirido por transportistas que presten servicio de transporte terrestre regular de personas y/o el servicio de transporte público terrestre de carga.

Así, el procedimiento para determinar el importe a solicitar en devolución del ISC en este tipo de operaciones consistirá en: i) partir de un valor equivalente al 53% del monto del ISC que forme parte del precio de venta por la adquisición de combustible, neto de deducciones por notas de crédito; y, ii) compararlo con un límite que se calculará luego de: a) aplicar el coeficiente de 0.2876 o de 0.2082, según corresponda, sobre los ingresos netos; y, b) sobre dicho resultado aplicar los porcentajes aprobados por SUNAT mediante la Resolución de Superintendencia en mención, tal como se presenta en el siguiente cuadro:

 

MES

 

 PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%)

JULIO 2022

8.57%
AGOSTO 2022

8.89%

SEPTIEMBRE 2022

8.65%

Así, el importe máximo a solicitar en devolución por ISC en este tipo de operaciones será el equivalente 53% del límite calculado con los porcentajes y coeficientes conforme al procedimiento antes señalado.