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23 de marzo del 2016

EsSalud tendrá que pagar 98 días de subsidio por descanso de maternidad

Mediante Decreto Supremo N° 002-2016-TR, el Ministerio de Trabajo ha dispuesto que el subsidio por maternidad, que otorga EsSalud con el objeto de resarcir el lucro cesante como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades de cuidado del recién nacido, se otorgará por noventa y ocho (98) días, siendo posible que éstos se distribuyan en los períodos inmediatamente anteriores o posteriores al parto, conforme lo elija la madre, siempre que durante esos períodos no realice trabajo remunerado.

Para ello, la norma mencionada ha procedido con la modificación del artículo 16° del Reglamento de la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-97-SA.

Cabe recordar que, por mandato del artículo 2 de la Ley N° 30367, se amplió el descanso prenatal y postnatal de la trabajadora gestante a cuarenta y nueve (49) días de descanso prenatal y cuarenta y nueve (49) días de descanso postnatal, por lo que restaba modificar las normas de la seguridad social que regulaban el pago del subsidio correspondiente.