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15 de febrero del 2016

PRODUCE aprueba el “Protocolo para el Monitoreo de Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto”

Mediante Resolución Ministerial No. 061-2016-PRODUCE, publicada el 12 de febrero de 2016, el Ministerio de la Producción (en adelante, “PRODUCE”) ha aprobado el “Protocolo para el Monitoreo de Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto” (en adelante, el “Protocolo”).

Con la publicación de dicho protocolo, y a fin de establecer un procedimiento de adecuación al mismo, PRODUCE ha previsto plazos para que los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que cuentan con licencia de operación vigente para el procesamiento de productos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo e indirecto, presenten los resultados de los análisis físicos-químicos, según corresponda, a las Direcciones Generales de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo o de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto.

La presentación de esta información deberá realizarse en concordancia con los formatos aprobados mediante los Anexos I y II de dicha resolución. Al respecto, es importante señalar que los monitoreos de calidad de cuerpos naturales de agua deberán adecuarse a las disposiciones establecidas por la Autoridad Nacional del Agua –ANA.

Finalmente, de acuerdo con esta resolución, debe tenerse en cuenta que el incumplimiento de lo antes mencionado será pasible de sanción por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental –OEFA, de acuerdo con el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas –RISPAC.

Cabe precisar que a la fecha se encuentra pendiente la publicación del Protocolo en cuestión en el portal institucional de PRODUCE.